Flexibilizaciones: el Gobierno Provincial elevó un nuevo DNU sobre protocolo contra el Covid.

El Ejectuvo provincial, a través del Decreto Nº0029/2021, dispuso la entrada en vigencia a partir del 16 de julio de modificatorias destinadas al desarrollo de actividades de culto, así como de patios de juegos.

Las nuevas medidas contempladas en el decreto son:

  1. Se restringe la circulación en todo el territorio de la Provincia: de lunes a sábado en horario de 00:00 a 06:00 horas, y los días domingo a partir de las 21:00 hs., salvo personas exceptuadas.
  2. El transporte público continúa habilitado solo para pasajeros sentados, y con ventanillas abiertas favoreciendo la circulación cruzada.
  3. La Administración Pública funciona en horario de 8 a 19 hs. El personal incluido debe ser dispuesto en grupos separados por 1 hora para realizar la limpieza adecuada.
  4. Los Servicios fúnebres de personas no fallecidas por COVID-19, deben realizarse de: lunes a domingo de 8 a 20 hs., con un máximo 5 personas pertenecientes al círculo íntimo y con una duración máxima de hasta 5 hs.
  5. Autorízase la obra pública y la privada que se encuentre debidamente registrada, de lunes a sábado, en horario de 8 a 19 hs.
  6. Se suspenden todo tipo de celebraciones de culto comunitarias, a excepción de la celebración más importante de cada culto, casamientos y bautismos. Solo se permite la asistencia: hasta 40% de capacidad o hasta 90 personas como máximo, (el que sea menor) respetando la distancia social de 2 metros entre personas, en horario de 8 a 21 hs. de lunes a sábado, y de 8 a 20 hs. los domingos, con una diferencia horaria mínima de 30 minutos entre celebraciones.
  7. Supermercados, comercios minoristas de cercanía, quioscos, farmacias, ferreterías y el resto de comercios esenciales funcionan en horario de atención de 9 a 22 hs., de lunes a sábado, y en horario de 9 a 20 hs. los días domingo, de manera continua o discontinua, con factor de ocupación de hasta el 40% de capacidad, y 1 persona por grupo familiar.
  8. Shoppings y galerías comerciales: habilitados de lunes a sábado, de manera continua o discontinua, con horario de 9 a 22 hs., con factor de ocupación de hasta el 40% de capacidad.
  9. Patios de juegos: habilitados de lunes a sábado, de manera continua o discontinua, con horario de 9 a 22 hs., con factor de ocupación de hasta el 40% de capacidad, de acuerdo a los protocolos presentados y aprobados por la autoridad competente. No se habilitan los juegos inflables (tipo castillos o similares), peloteros o atracciones donde no se pueda implementar o mantener el distanciamiento físico y saneamiento.
  10. Resto de comercios: habilitados de lunes a sábado, horario de atención de 9 a 20 hs. de manera continua o discontinua, 40% factor ocupación, 1 persona por grupo familiar.
  11. Mercado Concentrador de Rawson y Capital: 1 persona por grupo familiar. Habilitado de lunes a sábado, en horario de 9 a 20 hs.
  12. Ferias Artesanales: habilitadas de lunes a sábado, horario de atención de 9 a 20 hs. de manera continua o discontinua, 40% factor ocupación, 5 metros de distancia entre los puestos.
  13. Restoranes, Cafés y Bares: 40% factor ocupación, hasta 4 personas por mesa, 2 metros de distancia entre mesas. Horarios autorizados, incluidos entrega en mostrador y servicio de entrega a domicilio: de lunes a sábado, en horario de 7 a 23 hs. para ingreso de personas, 00 hs. cierre total; Días domingo: en horario de 7 a 20 hs. para ingreso de personas, 21 hs. cierre total. Podrán realizar espectáculos artísticos, musicales o shows en vivo, respetando los protocolos vigentes y sin ningún tipo de baile.
  14. Cines, teatros y comercios similares, habilitados de lunes a sábado, con horario de 9 a 23 hs., 00 hs. cierre total, días domingo: en horario de 7 a 20 hs. para ingreso de personas, 21 hs. cierre total, con factor de ocupación de hasta el 40% de capacidad.
  15. Quedan habilitados los eventos gastronómicos en salones de eventos o similares: hasta 40% de capacidad o hasta 90 personas como máximo, (el que sea menor), y respetando todos los protocolos vigentes. Podrán realizar espectáculos artísticos, musicales o shows en vivo, respetando los protocolos vigentes y sin ningún tipo de baile.
  16. Las reuniones sociales se encuentran suspendidas.
  17. Se encuentran habilitadas las reuniones familiares de hasta 8 personas en domicilios particulares.
  18. Industria: habilitada en horario de 8 a 19 hs., salvo aquellas de proceso continuo, con estricto cumplimiento de protocolo de funcionamiento.
  19. Habilitación de prácticas deportivas de deportistas del Programa de Alto Rendimiento.
  20. Se habilita en clubes sociales, federados y amateurs, de lunes a sábados en horario de 7 a 22 hs., solamente para entrenamientos de deportes hasta un máximo de 10 personas, salvo que se trate de futbol, rugby o hockey sobre césped, los cuales pueden incluir hasta 22 personas. Los entrenamientos pueden durar hasta una hora, con desinfección entre turnos. Deben mantener cerrados vestuarios y duchas.
  21. Habilitación de deportes recreativos al aire libre: de lunes a sábado en horario de 7 a 22 hs., los días domingo en horario de 9 a 20 hs., en espacios públicos y circuitos establecidos, en grupos de no más de 2 personas
  22. Habilitación de prácticas deportivas de deportistas profesionales autorizados por Resolución del Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación.
  23. Habilitación de actividades deportivas comerciales, de lunes a sábado, en horario de 7 a 22 hs., al 40% del factor ocupacional, con estricto protocolo y sin público. En ninguna actividad comercial deportiva se podrán realizar competencias.
  24. Se habilita el turismo interno en todo el territorio de la provincia, dejando la potestad a cada Intendente Departamental para establecer la modalidad de implementación, con estricto cumplimiento de los protocolos de prevención de COVID 19 aplicables a la actividad turística.