miércoles, julio 30, 2025
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Dolar: Todo lo que tenés que saber para pedir devolución de percepciones de AFIP.

¿Quiénes pueden solicitar la devolución de una percepción?

  • Podrán solicitar la devolución quienes:
  • No se encuentren inscriptos en el impuesto a las ganancias, ni les corresponda realizar dicha inscripción.
  • Se encuentren inscriptos en el impuesto a las ganancias pero no en bienes personales, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 219.
  • No se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los bienes personales, ni les corresponda realizar dicha inscripción.
  • Se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los bienes personales pero no en ganancias, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 217.
  • Trabajen en relación de dependencia y no sean pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador como agente de retención.
  • Trabajen en relación de dependencia y siendo pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador, como agente de retención, les hayan realizado la percepción bajo el código 219.

Cómo se pide la devolución de percepciones

Para pedir las restitución del dinero por consumos en divisas extranjeras, hay que:

  • Acceder a la AFIP.
  • Seleccionar el servicio “Devolución de percepciones”.
  • Elegir la percepción indicada y colocar el mes en el que fue hecha.
  • Clickear la percepción a reclamar.
  • Tocar la opción “Presentar”.
  • Hay que declarar una CBU a la AFIP para que esta haga la transferencia.

Inscripción digital

  • Mi AFIP: ¿Cómo solicito o recupero mi clave fiscal?
  • Informar ante la AFIP la CBU de la cuenta bancaria en la que se realizará la devolución solicitada. En la guía ¿Cómo declaro la CBU? se indican los pasos a seguir para cumplir con el requisito.
  • Poseer constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.

@Ámbito

/Fuente de imagen: Ámbito

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